Gestiones a tener en cuenta para la rehabilitación de viviendas


Desde el Ministerio de Fomento tienen en consideración  en cuanto a rehabilitación a cualquier clase de obra realizada para mejorar tanto edificios como viviendas. En el primer caso se habla de obras que puedan proporcionar seguridad estructural y mejora en lo referente a condiciones de acceso, haciéndolos adaptados, entre otros aspectos.

Existen ayudas para la rehabilitación de viviendas, las cuales están destinadas directamente para permitir la mejora y adecuarse a las condiciones de habitabilidad, como una mejor distribución, instalaciones eléctricas, ventilación o iluminación natural. Otro punto que puede tenerse en cuenta son las obras para adaptarse a la normativa comunitaria en cuanto a protecciones contra incendio, electricidad, gas, agua, etc.

En este aspecto se han realizado muchos estudios y encuestas, en ellas se revela que apenas el 5% de los propietarios que han tomado la decisión de reformar su casa han pedido la subvención. Es importante que todo el mundo conozca la existencia de estas ayudas, pero algo importante, no solo es para el propietario sino también para los arrendatarios y comunidades de propietarios.

Cada ayuda tiene una serie de requisitos, los cuales deben cumplirse todos. Por ejemplo, para rehabilitación de edificios, al menos el 60% de los usuarios de las viviendas deben tener unos ingresos familiares que sean menores a 5,5 veces el SMI y en caso de rehabilitación de viviendas, los ingresos familiares no deben superar en 3,5 veces el SMI.


Otros requisitos es que tanto edificios como viviendas deben cumplir es que éstos cuenten con 15 años de antigüedad como mínimo, a excepción de la eliminación de barreras arquitectónicas para las personas con problemas de movilidad reducida. A ello hay que sumar que la superficie útil que se vaya a utilizar como vivienda sea de un mínimo del 60% de la superficie total del edificio y si se va a modificar la superficie útil, no tendrá que superar nunca los 120m².

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