Son muchas las ayudas para la rehabilitación de viviendas las que podemos encontrar actualmente y una de ellos es
el Programa de Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, un programa que tiene
como finalidad la ejecución de obras y diferentes trabajos de mantenimiento e
intervención en las instalaciones fijas así como equipamiento propio.
Para acceder a estas ayudas
los edificios deben cumplir con diferentes requisitos como haber sido
finalizados antes de 1981, que al menos el 70% de su superficie construida
sobre rasante cuente con uso residencial de vivienda y que el 70% de las
viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Los beneficiarios serán las
comunidades de propietarios así como sus
agrupaciones y propietarios únicos de edificios de viviendas. En los edificios
que se destinen a alquileres, al menos durante 10 años desde la recepción de la
ayuda, podrán ser beneficiarios las Administraciones Públicas, organismos y
entidades de derecho público, sociedades mercantiles que sean participadas por
las administraciones propietarias de inmuebles y empresas públicas.
Las condiciones necesarias
también deben observar que el edificio tenga el informe de evaluación y las
actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad o comunidades de
propietarios.
La ayuda máxima unitaria por
actuación será de 2.000€ por vivienda para actuaciones de conservación, 1000€
más si se realiza de manera simultánea calidad y sostenibilidad y otros 1.000€
más si se realizan obras de accesibilidad.
En definitiva, entre 2000 y
5000€ para aquellas actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad, 4000€
para la mejora de la accesibilidad.
Todas las cuantías podrán tener un incremento de un 10% en aquellos
edificios que estén declarados como Bien de Interés Cultural.
La ayuda máxima por vivienda
y por cada 100m² de local es de 11.000€, siendo 12.100€ en edificios declarados
como Bien de Interés Cultural. Y para finalizar, la ayuda máxima por edificio
es el 35% del coste subvencionable de la actuación, excepcionalmente en cuanto
a accesibilidad y únicamente en la partida correspondiente a la accesibilidad
podría llegarse al 50%.
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